* Según el Real Decreto 1225/2006 de 27 de octubre, se ha modificado el Reglamento de la Ley sobre la Ordenación del Transporte terrestre, quedando exentos de la obligación de obtener o renovar las autorizaciones referentes a todos los vehículos industriales de mercancías propias cuya Masa Máxima Autorizada (MMA) no supere los 3.500 kgs. Es decir, que todo vehículo furgón o camión de servicio particular que para su conducción precise del permiso Clase B (antiguo carnet de 2ª), está exento de tarjeta de transporte.